Un informe de la Fundación LED sostiene que subieron las limitaciones a la libertad de expresión: los casos de San Luis
Refleja hechos en los que se han visto restringidos el derecho a la libertad de expresión y/o al acceso a la información pública.
El 2021 cerró con un aumento de las limitaciones en la libertad de expresión en la Argentina: de los 141 casos registrados en el 2020 pasó a 180, la cifra más alta de los últimos seis años.
Así se desprende del informe anual de la Fundación LED titulado “Limitaciones al ejercicio de la libertad de expresión” que detalla y describe los casos, entre los cuales se registran cuatro episodios en San Luis, cada uno con una consideración diferente.
Se tratan de la ratificación de la condena del Superior Tribunal de Justicia contra el periodista Diego Masci, la denuncia por censura presentada por Mario Otero ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el impedimento que tuvo la prensa para trabajar en la Asamblea Legislativa del año pasado y la imposibilidad de preguntar por parte de la periodista Adriana Gurlino en una conferencia de prensa que compartieron el Gobierno nacional con el provincial.
Dicho esto, la entidad se detiene en los hechos en los cuales trabajadores, medios de prensa y ciudadanos en general vieron afectado su derecho a la libertad de expresión o al acceso a la información pública.
Así, dividió los casos en siete categorías:
1- Ataques, agresiones físicas, amenazas, intimidaciones institucionales a periodistas o medios de comunicación. Se registraron 50 casos.
2- Periodistas encarcelados o privados de su libertad u hostigados judicialmente. 22 casos.
3- Ataques y/o agresiones físicas a periodistas. 15 casos.
4- Amenazas o intimidaciones a periodistas. 21 casos.
5- Restricciones al acceso a la información pública, hechos de censura. 45 casos.
6- Ataques a instalaciones, antenas o plantas transmisoras de medios de comunicación. Seis casos.
7- Denuncias y/o manifestaciones y/o declaraciones de organismos nacionales e internacionales sobre la situación de la libertad de expresión en la Argentina. 21 casos.
A lo largo del estudio, la entidad puntualizó los episodios ocurridos en los diferentes territorios provinciales. Trazó una mención especial para Formosa donde el gobernador, Gildo Insfrán prohibió el ingreso de periodistas desde otros puntos del país.
“Debemos mirar con atención la tensión que se plantea desde diferentes estamentos gubernamentales sobre redes sociales. En varias provincias del país ciudadanos y periodistas fueron multados y cuestionados por sus opiniones en la web", manifestó la presidenta de la Fundación, Silvana Giudici en declaraciones a Clarín.
Uno de los principales puntos donde se detiene el estudio es en “el aumento de la conflictividad año tras año en el ámbito de internet”.
"Pedidos de desindexación de contenidos, ataques directos o hackeos a medios digitales, o monitoreos de opinión ciudadana en redes sociales, e iniciativas parlamentarias para regular contenidos en internet, crecen en los informes anuales presentados por la Fundación de los últimos años", planteó la ONG.
LED se dedica a la protección y difusión del derecho a la libertad de expresión, al monitoreo de políticas públicas en materia de acceso a la información, publicidad oficial y transparencia y a la defensa de los valores democráticos basados en el diálogo y en la pluralidad de voces.
Según se describe en su portal web, está integrada por profesionales de diversas disciplinas y ciudadanos interesados en esta temática, con una larga trayectoria en la materia y de reconocido protagonismo social.
| Los casos en San Luis
-La condena contra el periodista Diego Masci
La confirmación de la sentencia por parte del máximo órgano de Justicia puntano mereció dos consideraciones por parte de la Fundación LED.
En la primera trae a colación la medida judicial por sí misma. Allí resaltaron que “se ratifica el pago de una importante multa al considerarlo responsable del delito de violación de la intimidad”.
El director de ZBol llegó al juicio después que publicara el video viral donde la entonces ministra de Educación de la provincia, Natalia Spinuzza reconocía haber consumido droga y alcohol.
El 13 de agosto de 2020, la jueza de Sentencia, Laura Molino lo halló como autor material y penalmente responsable del delito “violación de intimidad” (art. 155 del Código Penal), por la publicación indebida de una comunicación electrónica.
“La condena que mereció el rechazo de todas las organizaciones dedicadas a la defensa de la libertad de expresión es un peligroso antecedente de utilización de la justicia penal para la limitación de la labor periodística”, sostuvo la Fundación.
Está clasificado dentro de la categoría dos.
En la segunda mención, hace hincapié en el repudio que mereció el hecho. Luego de hacer un breve resumen del proceso judicial por el que pasó Masci, manifiesta su preocupación.
“Hechos de esta naturaleza afectan el ejercicio de la libre expresión en nuestro país agravada por el hecho que sea un funcionario público quien presenta como peligrosa la libre circulación de ideas y opiniones y propone acentuar el control sobre los diversos medios de comunicación, incluyendo los difundidos a través de medios digitales”, se precisa en el documento.
Otros organismos que bregan por la libertad de expresión como el Foro de Periodistas Argentinos (Fopea) y la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa), se expresaron en la misma línea.
Es por todo esto que lo clasifican en la categoría siete.
“Entendemos que el funcionamiento de la democracia exige el mayor nivel posible de discusión pública sobre el funcionamiento de la sociedad y del Estado en todos sus aspectos, esto es, sobre los asuntos de interés público y la gestión pública y los asuntos de interés común deben ser objeto de control por la sociedad en su conjunto”, agregó la Fundación.
-La denuncia de Mario Otero
En mayo del 2021 el periodista, productor y conductor del programa de “Nada Secreto” de Radio Universidad expuso los obstáculos del Gobierno provincial frente a la CIDH a la hora de comunicar la información pública, y lo acusó de violar la libertad de pensamiento y de expresión.
Clasifica a la presentación del comunicador dentro de la categoría 1 y trajo a colación los dichos vertidos en su momento por parte de Otero.
“Denuncié ante la CIDH el bloqueo a que me sometió el Gobierno de San Luis para impedir ejercer plenamente mi profesión periodística”, expresó a través de un comunicado.
A su vez, advirtió que antes de plantear su caso agotó la búsqueda de respuestas a sus requerimientos periodísticos, ignorados por la por entonces jefa de Gabinete del Gobierno provincial.
-La prohibición para la prensa de ingresar en la Asamblea Legislativa
LED recordó la decisión de Alberto Rodríguez Saá de no permitir que los medios de comunicación accedieran al acto de apertura de las sesiones ordinarias el 1° de abril del 2021.
Remarcó que en ese momento no regían las restricciones sanitarias por lo que mereció el repudio de diversas agrupaciones periodísticas y la revisión de la medida.
El episodio fue clasificado dentro de la categoría cinco.
-Restricciones para preguntar
Dentro de la categoría cinco, la Fundación destacó la imposibilidad de la periodista Adriana Gurlino para realizar consultas en la conferencia de prensa brindada por el ex jefe de Gabinete de la nación, Santiago Cafiero y funcionarios provinciales en la inauguración del Hospital Central “Ramón Carrillo”.
Indicó que se denunciaron restricciones a la labor periodística: “Se había anotado en la conferencia de prensa para realizar preguntas, pero sólo los medios oficialistas del Gobierno de San Luis pudieron hacer preguntas”.
Seguidamente relataron que logró preguntar sobre el vacunatorio Vip pero Cafiero respondió que “ya se había hablado bastante” del tema y que “la población a vacunar fue algo estudiado”.
“Un puñado de vacunas mal otorgadas no puede empañar la campaña de vacunación”, dijo Cafiero.
Al intentar seguir preguntando la periodista que cubría la actividad para radio Dimensión y El Chorrillero, se levantó la conferencia de prensa dándola por terminada.
En todos los casos la ONG acompañó con una serie de publicaciones periodísticas y links.
Qué dice la Fundación
|Categoría 7. Caso 172 – Diciembre 9 de 2021 – Manifiestan preocupación por la sentencia confirmada por el Tribunal Superior de San Luis contra el periodista Diego Masci, en la provincia de San Luis.
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (Adepa) realizó un informe sobre el fallo del Tribunal Superior de la provincia de San Luis en el cual el director del portal Zbol.com.ar fue considerado, en primera instancia, “autor material y penalmente responsable del delito de ‘violación de intimidad’ (artículo 155 del Código Penal), por la publicación indebida de una comunicación electrónica, en perjuicio de la actual ministra de Medio Ambiente del Gobierno provincial, Natalia Spinuzza”. En primera instancia, el periodista fue condenado a pagar una multa de 90 mil pesos, más costas y accesorias legales, y se dispuso que, una vez firme la sentencia, se libre oficio a Google para que proceda a remover de la plataforma de Youtube el video considerado “indebido” y que motivó la condena de Masci, como así también se desindexe a Spinuzza respecto de los eventuales enlaces que puedan exhibir el mencionado video. El Superior Tribunal de Justicia de San Luis confirmó la sentencia de primera instancia. Para ello entendió configurada la conducta típica descripta por el art. 155 del Código Penal, por el cual se sanciona con multa a quien “hallándose en posesión de una correspondencia, una comunicación electrónica, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, no destinados a la publicidad, los hiciere publicar indebidamente… Está exento de responsabilidad penal el que hubiere obrado con el propósito inequívoco de proteger un interés público”. La sentencia considera acreditado el delito por el periodista al tener en su poder el video y que lo publicó y difundió a personas indeterminadas. Finalmente, para confirmar la condena, la sentencia se encarga de rechazar la existencia de interés público en la difusión de la noticia.
Por su parte, la Fundación LED (Libertad de Expresión + Democracia) manifiesta su preocupación por la sentencia dictada contra el periodista Diego Mariano Masci, confirmada por el Superior Tribunal de San Luis, condenándolo al pago de una multa por considerarlo autor material y penalmente responsable del delito de violación de intimidad por la publicación de una comunicación electrónica en autos “INCIDENTE DE CASACIÓN: MASCI DIEGO (QUERELLADO) – SPINUZZA MARÍA NATALIA (QUERELLANTE) – «AV. VIOLACIÓN DE INTIMIDAD» – RECURSO DE CASACIÓN” en la que se lo ha imputado de difundir un video en el que la ex Ministra de Educación María Natalia Spinuzza comentaba sobre su estado de embriaguez en ocasión de unas vacaciones familiares.
En la causa, se ha sostenido que ha sido violado el derecho a la defensa del citado periodista, al ser condenado a pesar de no haberse acompañado la publicación en base a lo cual se lo querelló, “…quedando absolutamente acreditado que la supuesta nota por la cual se lo denunció no se publicó jamás, que en el horario en que se basó la acusación no se realizó ninguna publicación en el sitio web periodístico www.zbol.com.ar y que el video adjunto a la querella, no pudo ser analizado por no haber podido el perito accedido al mismo…” . Hechos de esta naturaleza afectan el ejercicio de la libre expresión en nuestro país agravada por el hecho que sea un funcionario público quien presenta como peligrosa la libre circulación de ideas y opiniones y propone acentuar el control sobre los diversos medios de comunicación, incluyendo los difundidos a través de medios digitales, en este caso el sitio web periodístico www.zbol.com.ar Entendemos que el funcionamiento de la democracia exige el mayor nivel posible de discusión pública sobre el funcionamiento de la sociedad y del Estado en todos sus aspectos, esto es, sobre los asuntos de interés público y la gestión pública y los asuntos de interés común deben ser objeto de control por la sociedad en su conjunto.
https://adepa.org.ar/el-interes-publico-de-una-noticia-comentarios-criticos-a-un-pronunciamiento-dela-justicia-puntana/
http://fundacionled.org/articulos-y-monitoreo/manifiesta-preocupacion-por-la-sentencia-dictada-porel-superior-tribunal-de-san-luis-contra-el-periodista-diego-masci
|Categoría 2. Caso 162 – Noviembre 26 de 2022 – El Superior Tribunal de Justicia de San Luis ratifica condena contra el periodista Diego Masci, en la ciudad de San Luis, provincia de San Luis.
El Superior Tribunal de la Provincia de San Luis ratificó una sentencia de las instancias previas que condenaba al periodista Diego Masci al pago de una importante multa al considerarlo responsable del delito de violación de la intimidad. Masci había sido denunciado por la ex Ministra de Educación provincial Natalia Spinuzza, luego de que el periodista difundiera material audiovisual que la involucraba y que circulaba en redes sociales.
La condena que mereció el rechazo de todas las organizaciones dedicadas a la defensa de la libertad de expresión es un peligroso antecedente de utilización de la justicia penal para la limitación de la labor periodística.
http://fundacionled.org/articulos-y-monitoreo/manifiesta-preocupacion-por-la-sentencia-dictada-porel-superior-tribunal-de-san-luis-contra-el-periodista-diego-masci
https://www.fopea.org/fopea-expresa-su-preocupacion-por-la-decision-del-superior-tribunal-dejusticia-de-san-luis-que-ratifico-la-condena-contra-el-periodista-diego-masci/
|Categoría 1. Caso 89 – Mayo 26 de 2021 – Denuncian censura sobre el periodista Mario Otero en la provincia de San Luis.
El periodista Mario Otero, quien se desempeña como productor general y conductor del programa “Nada secreto” que se emite por Radio Universidad de San Luis, denunció censura en la provincia de San Luis. Según el periodista, el Gobernador Rodríguez Saá ejerció sobre él un bloqueo a la información pública, que consistía en un impedimento para acceder a los documentos de los actos del Gobierno de la Provincia, para recibir las explicaciones necesarias, celebrar conversaciones con los funcionarios y entrevistarlos para sus materiales periodísticos. “Denuncié ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el bloqueo a que me sometió el gobierno de San Luis para impedirme ejercer plenamente mi profesión periodística”, expresó a través de un comunicado, el martes 18, el periodista puntano quien también distribuyó un archivo con el texto dirigido a la CIDH cuatro días antes. Advierte el periodista que antes de plantear su caso ante la CIDH agotó la búsqueda de respuestas a sus requerimientos periodísticos, ignorados por Natalia Zabala Chacur, Jefa de Gabinete de Ministros del gobierno de San Luis.
https://www.mendozapost.com/politica/pandemia-censura-prensa-insfran-rodriguez-saa/
|Categoría 5. Caso 72 – Abril 16 de 2021 – Denuncian restricciones a la labor de los periodistas en la provincia de San Luis
La periodista Adriana Gurlino quien se desempeña como reportera del Chorrillero de San Luis, denunció restricciones a la labor de dicha profesión en la provincia de San Luis. A raíz de la inauguración de una obra para realizar un nuevo hospital en la provincia la periodista se había anotado en la conferencia de prensa para realizar preguntas, pero sólo los medios oficialistas del gobierno de la provincia de San Luis pudieron hacer preguntas. Sin embargo, finalmente consiguió preguntar sobre el vacunatorio vip a los funcionarios nacionales, y le respondió el Jefe de Gabinete Santiago Cafiero, que el tema ya se había hablado bastante y que la población a vacunar fue algo estudiado, y dijo que: “un puñado de vacunas mal otorgadas no puede empañar la campaña de vacunación”. Y al intentar seguir preguntando la periodista, se levantó la conferencia de prensa dándola por terminada.
https://www.telediariodigital.net/2021/04/san-luis-mucho-hospital-poca-libertad-de-expresion/
https://elpuntano.com/2021/04/16/la-censura-de-rodriguez-saa-a-una-periodista-en-la-conferenciade-prensa-de-cafiero/
|Categoría 5. Caso 58 – Marzo 29 de 2021 – Prohíben ingreso de periodistas al acto de apertura de sesiones ordinarias de la Legislatura de la provincia de San Luis en esa provincia.
El Gobernador de la provincia de San Luis, Alberto Rodriguez Saá, según trascendió públicamente, decidió prohibir el acceso a los periodistas para cubrir la apertura de sesiones ordinarias de la Legislatura provincial el próximo 1° de abril, pese a no regir restricciones sanitarias vigentes.
Diversas agrupaciones periodísticas repudiaron la decisión y requirieron la revisión de la medida.
https://elchorrillero.com/nota/2021/03/31/261037-alberto-rodriguez-saa-abrira-las-sesionesordinarias-sin-la-presencia-de-la-prensa/amp/
https://www.fopea.org/fopea-les-exige-a-las-autoridades-de-san-luis-que-permitan-el-acceso-a-laapertura-de-sesiones-ordinarias-en-la-legislatura-a-los-colegas-de-esa-provincia/
https://nox.com.ar/reclaman-que-alberto-rodriguez-saa-permita-el-ingreso-de-la-prensa-en-laapertura-del-ano-legislativo/